sábado, 8 de agosto de 2009

La Responsabilidad Social y la Gestión Empresarial
Análisis y perspectivas en Venezuela: Una revisión teórico-práctica desde la gestión empresarial


Esta investigación trata acerca de la responsabilidad social empresarial y sus alcances, con especial énfasis en el caso venezolano. El referente gnoseológico clave, guarda relación con el impacto de la nueva propuesta civilizatoria implícita en las nuevas formas de acumulación del nuevo capitalismo, lo que tiene importantes consecuencias en el mundo del trabajo y en las interrelaciones entre empresa y sociedad.
Esta nueva sociedad infocapitalista (Castells) cuyo despliegue más visible se expresa en los encuadres de la globalización planetaria, configura nuevos procesos de subjetividad de naturaleza ético-estéticagnoseológica.
En ese contexto, el rol de las empresas tiende a redefinirse, fundamentalmente en cuanto a las relaciones con su entorno socioeconómico, político y cultural. Se trata de una nueva perspectiva ética, en la medida en que integra la dimensión humana en términos tensionales, bajo el avasallante influjo de la racionalidad política. La investigación muestra no sólo las particularidades que supone la responsabilidad social en el marco de las políticas multilaterales (las iniciativas de la ONU y la Unión Europea, entre ellas), asimismo la experiencia en el caso de Venezuela. Se destaca así, la labor que en este sentido desarrollan diversas empresas e instituciones en la comunidad, más allá de los fines estrictamente económicos. Se delinean además las fases de la investigación que se adelanta en el parque empresarial del Estado Carabobo, Venezuela, para evaluar la significación y los alcances que tiene la responsabilidad social empresarial en ese contexto.

La responsabilidad social como eje temático, adquiere una pertinencia relevante en tiempos posmodernos. Se trata de una aproximación que tiene lugar en el contexto de importantes transformaciones estructurales que impactan con fuerza los asuntos clave de orden económico, sociopolítico y cultural del mundo globalizado.

La responsabilidad social tiene, en este contexto multipolar, un fuerte contenido ético. Esto es así, por cuanto se trata de una propuesta integradora del bienestar y la calidad de vida del hombre en relación con su trabajo. Aun más, la noción de responsabilidad social es constitutiva a la dimensión del trabajo y su relación con la comunidad.

La sociedad de la información o del conocimiento y sus impactos en la gestión empresarial

La metamorfosis de nuestra era tiene otra modalidad: el cambio es del infocapitalismo a la sociedad del conocimiento; de la sociedadtexto hacia la cybersociedad;

Estas nuevas tendencias societarias tienen un impacto crucial en el ámbito de los negocios y redefinen el marco de las relaciones de las empresas corporativas a nivel mundial. Esto incluye, por supuesto, no sólo las relaciones laborales sino el grado de compromiso y responsabilidad de las empresas con el entorno social (responsabilidad social empresarial). En este contexto, no sólo hay un desplazamiento operativo en el orden técnico (racionalidad técnica) sino en el aspecto político (racionalidad política) como marco definitorio del mundo de los negocios a escala planetaria.

Los alcances gnoseológicos de la responsabilidad social

El estudio de la responsabilidad social requiere establecer las distinciones pertinentes a los distintos tipos de organizaciones que están asociadas a la temática en referencia. Toda organización —se entiende— es un objeto único, dado que cada una de ellas posee sus propias características así como también sus propios alcances, objetivos y metas. Una nueva dimensión de la gestión empresarial, en virtud del especial interés que conlleva en términos del bienestar privado, individual y de grupo. En todo ello está presente el bien común como parte de los principios que rigen la responsabilidad social. Indudablemente, estos factores permiten evaluar y comprender los aspectos que le son constitutivos y condicionan —por así decirlo— los proyectos que intentan dar cuenta de su pertinencia y sus alcances socioestructurales.
La responsabilidad social empresarial es una tendencia de acción social, que a escala mundial estimula la participación solidaria de la empresa privada en el desarrollo sustentable y humano de las comunidades donde presta sus servicios y desarrolla sus actividades. La idea principal de la responsabilidad social empresarial es convertirse en un factor estratégico de desarrollo y de competitividad en función de la rentabilidad que se produzca en base a beneficios para la sociedad y para la comunidad donde están inmersas las organizaciones. Es conocido por todos que la principal función de una empresa consiste en crear valor y generar así beneficios para sus propietarios y accionistas; en la actualidad también busca contribuir al bienestar de la sociedad.
Según el informe presentado sobre responsabilidad social ambientalista, el análisis de la RS de las empresas puede descomponerse en dos dimensiones: una interna y otra externa. La dimensión interna comprende la administración de los recursos humanos, la protección del trabajo y la realización de actividades de producción y/o comercio, siguiendo normas de protección del ambiente.
Cada empresa tiene la posibilidad de influir sobre la calidad del lugar de trabajo, de las relaciones con sus “socios sociales”, de sus productos y servicios y, también, sobre las características de sus procesos productivos e inversiones. La dimensión externa trata sobre las relaciones de las empresas con su entorno más próximo, socios, proveedores y clientes, así como sus actitudes con relación a los derechos fundamentales: igualdad de oportunidades, no discriminación, promoción del arte y la cultura, salud, educación y medioambiente.

Las experiencias en Venezuela

En Venezuela, la responsabilidad social se adelanta en empresas y corporaciones de máxima envergadura, tales como la Cadena Capriles, el Grupo Polar, el Grupo Sivensa, algunas empresas del sector Bancario (Mercantil, Banesco, Provincial y Banco Occidental de Descuento; entre otros), empresas del sector automotriz (General Motors, Ford Motors y Grupo Toyota; entre otros) la Fundación MERCE, Petróleos de Venezuela, la Federación Venezolana de Fundaciones Privadas, diversas asociaciones culturales nacionales, la Asociación venezolana de padres de niños excepcionales (AVEPANE) el Instituto de Estudios Superioresde Administración (IESA) y la Fundación Ford.
Para el empresario venezolano, la gestión de la RS debe estar vinculada a la toma de decisiones estratégicas del negocio y/o de la corporación. También puede definirse la empresa con RS aquella que crea valor a la sociedad, respeta a las comunidades y forma parte de ellas, y sus directivos interactúan como ciudadanos corporativos preocupados por el ámbito publico por las brechas y por las oportunidades que se pueden crear para ciertas poblaciones en desventaja Por tanto, el fin no sólo es generar dinero, sino construir bienestar, entendiendo como un mecanismo clave para garantizar la sostenibilidad del negocio, la responsabilidad social como un estado de conciencia del impacto del negocio. Para un país con alto índice de pobreza, donde más de un 96% de la población
se ubica en las clases C, D y E, necesariamente debe involucrarse cambios a nivel empresarial donde se fortalezca más la labor social que el producto que deba vender. Por tanto, en Venezuela empresas como Polar, Ron Santa Teresa, Cemex, Proter & Gamble, Nestlé, Electricidad de Caracas, desarrollan estrategias para segmentos de bajos ingresos. No obstante, se deben realizar mayores esfuerzos para que estas iniciativas de gestión social puedan extenderse al parque industrial de la pequeña y mediana empresa en Venezuela.

Conclusiones

Puede decirse que la RSE implica los siguientes aspectos significativos:
•La obtención de beneficios económicos y la contribución con el propósito de lograr mejores índices de bienestar para la sociedad.
•Permite demostrar la sensibilidad social, mediante la participación activa de los miembros responsables de la organización.
•Obtener deducciones significativas en el pago de los impuestos y demás renglones tributarios.
•Constituye un factor estratégico de mejoramiento y desarrollo empresarial

A partir de marzo del año 2008 se incorpora en la Ley de Contrataciones Públicas (Gaceta Oficial Nº 38.895 del 25 de marzo de 2008) la obligatoriedad de asumir la Responsabilidad Social para las empresas contratantes.
Esta normativa contempla pues de manera expresa la modalidad de “compromiso de Responsabilidad Social” específicamente en el artículo 6, numeral 19 el cual señala:
“Artículo 19. Compromiso de Responsabilidad Social: Son todos aquellos acuerdos que los oferentes establecen en su oferta, para la atención de por lo menos una de las demandas sociales relacionadas con: 1. La ejecución de proyectos de desarrollo socio comunitario. 2. La creación de nuevos empleos permanentes. 3. Formación socio productiva de integrantes de la comunidad. 4. Venta de bienes a precios solidarios o al costo. 5. Aportes en dinero o especies a programas sociales determinados por el Estado o a instituciones sin fines de lucro y 6. Cualquier otro que satisfaga las necesidades prioritarias del entorno social del órgano o ente contratante.”



El nuevo Reglamento de la citada Ley de Contrataciones Públicas publicado en la Gaceta Oficial N° 39.181, del 19 de mayo de 2009, apunta en su articulado lo siguiente:
“Artículo 34. El compromiso de responsabilidad social será requerido en todas las ofertas presentadas en las modalidades de selección de Contratistas previstas en la Ley de Contrataciones Públicas, así como, en los procedimientos excluidos de la aplicación de éstas, cuyo monto total, incluidos los tributos, superen las dos mil quinientas unidades tributarias (2.500 U.T.).
“Artículo 35. Para el suministro de bienes, prestación de servicios o ejecución de obras, se establece para el Compromiso de Responsabilidad Social un valor mínimo de uno por ciento (1%) y un valor máximo del cinco por ciento (5%) del monto del contrato suscrito, el cual asumirán los Contratistas beneficiarios de la adjudicación del mismo. Los órganos o entes contratantes deberán fijar los porcentajes a ser aplicados a cada condición del Compromiso de Responsabilidad Social, así como, establecer categorías o escalas proporcionales con base en los montos de los contratos a ser suscritos.”

En resumen, el compromiso de Responsabilidad Social será obligatorio para contratos a partir de un determinado importe, y éste es cuantificable entre el 1 y el 5% del importe del contrato. Las condiciones particulares debe fijarlas la entidad pública contratante.

No hay comentarios:

Publicar un comentario